Comisiones Obreras de Madrid | 10 agosto 2026.

CCOO denuncia que el consejero de Justicia de la Comunidad de Madrid pretende obligar a los trabajadores/as de Justicia afectados por los incendios a recuperar las horas no trabajadas por no poder acudir a sus puestos de trabajo ni disponer de medios para teletrabajar

    28/07/2026.
    Carretera cortada por los incendios en Madrid. Fuente: Transportes Comunidad de Madrid

    Carretera cortada por los incendios en Madrid. Fuente: Transportes Comunidad de Madrid

    CCOO de Madrid exige una inmediata rectificación al también portavoz del Gobierno autonómico, Miguel Ángel García Martín, por las inhumanas instrucciones que se están dando desde su Consejería incluso a personas confinadas por la emergencia nacional decretada en la Sierra Oeste de Madrid.

    El sector de Justicia de CCOO de Madrid exige la inmediata rectificación del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de Madrid, Miguel Ángel García Martín, tras conocer las instrucciones que salen de su Consejería a través de correos individuales a algunos trabajadores/as afectados por desalojos o confinamientos debido a los incendios de la Sierra Oeste de Madrid y mediante las que les informan que deberán recuperar las horas no trabajadas durante esta emergencia. Para CCOO es incomprensible la falta de sensibilidad del Consejero con el personal de Justicia cuando él es quien, como portavoz del Gobierno autonómico, está en primera línea sobre el terreno junto a la presidenta de la Comunidad de Madrid comprobando la magnitud de los efectos de este desastre.

    CCOO lamenta que no es la primera vez que la Consejería de Justicia obliga a los trabajadores/as a recuperar horas o jornadas completas que no han podido realizar por causa de fuerza mayor. Ya sucedió con el episodio de Filomena o, más recientemente, con las lluvias torrenciales que provocaron inundaciones el pasado año y la nevada que bloqueó decenas de carreteras de Madrid este invierno, y tras la que el personal que no pudo llegar a las sedes judiciales, por la interrupción de los transportes públicos o por quedar atrapado en las carreteras, tuvo que elegir entre recuperar las horas o utilizar un día de asuntos propios. Pero en esta ocasión la Consejería está dando indicaciones de este tipo a personas que en estos momentos siguen confinadas en sus casas y rodeadas por el mayor incendio forestal de todos los tiempos.

    Ante el decreto de la emergencia nacional, y a pesar de la magnitud del desastre medioambiental que afecta a miles de personas desde hace ya seis días, la Consejería de Justicia había permanecido hasta la noche del domingo sin dictar ninguna medida de protección para el personal que presta servicio en las Oficinas Judiciales afectado por esta emergencia. No fue hasta última hora del domingo, y como consecuencia de la exigencia formal presentada por CCOO esa mañana, en la que se pedía la habilitación del teletrabajo y la concesión de permisos retribuidos para los afectados por los incendios, cuando la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia emitió un comunicado para autorizar el teletrabajo mediante conexión VPN a los afectados por los confinamientos y desalojos, solicitando que quienes se vieran en esa situación se pusieran en contacto directamente con esa Dirección General para recibir instrucciones.

    Tras conocer el comunicado de la Consejería, CCOO de Madrid denunció de inmediato que éste era del todo insuficiente ya que omitía cualquier referencia a las situaciones en las que el personal, debido a la propia catástrofe o a la falta de ordenadores portátiles corporativos, se encontrara en la imposibilidad material de teletrabajar, y no hacía mención alguna a la exención de acudir al puesto de trabajo o a permisos retribuidos.

    Lamentablemente, las peores intenciones de la Consejería se han confirmado a través de las respuestas escritas individualmente desde esa Dirección General, o sus unidades administrativas civitas, a funcionarios/as incluso atrapados en municipios con orden oficial de confinamiento obligatorio, y que no pueden teletrabajar por no disponer del ordenador portátil. En estos correos la Consejería instruye expresamente al personal que carece de ordenador para teletrabajar a realizar un determinado tipo de fichaje cuando se puedan incorporar al trabajo para justificar la inasistencia, pero advierte que las horas no se contabilizarán como trabajadas y deberán recuperarlas a lo largo del año. Cabe mencionar que el personal de la Administración de Justicia de Madrid dispone de ordenadores portátiles híbridos que sirven de equipo fijo en el puesto de trabajo pero también de ordenador portátil para el teletrabajo, pero estos suelen dejarse anclados en los puestos de trabajo de las sedes judiciales ya que el personal de Justicia de Madrid no tiene reconocido el teletrabajo -la Consejería de Justicia se viene negando sistemáticamente a negociar su regulación- y, por lo tanto, ante una situación imprevisible como ésta, muchos trabajadores/as no disponen del ordenador en su domicilio para poder conectarse por VPN y teletrabajar.

    CCOO Madrid denuncia que la Consejería se niega sistemáticamente, amparándose en formalismos estatutarios (no se ha trasladado al TREBEP), a aplicar el Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, rebajando así el estándar de seguridad y salud de sus propios empleados públicos frente a estas catástrofes ambientales. Este Real Decreto regula el derecho a la ausencia laboral retribuida ante emergencias climáticas, recogiendo la exención cuando existan restricciones oficiales en los desplazamientos. Pero CCOO recuerda a la Consejería que estamos ante un caso de fuerza mayor y, además, el artículo 21 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales impone al empleador el deber de adoptar las medidas necesarias en caso de riesgo grave e inminente, prohibiendo que los empleados públicos sufran perjuicio alguno derivado de estas situaciones, y el artículo 14 del TREBEP garantiza el derecho individual a recibir una protección eficaz en materia de seguridad y salud (14.j). Por lo que CCOO exige de manera inmediata:

    1.- Habilitación de teletrabajo, cuando sea posible, tanto para el personal afectado por cortes viales, confinamientos o desalojos, o cualquier otra situación cuyo desplazamiento pueda suponer un riesgo para la salud y la seguridad.

    2.- Dispensa de asistencia presencial mediante Permiso Retribuido Climático y de Fuerza Mayor. Para el personal que no pueda teletrabajar por la naturaleza de su trabajo o por carecer de medios telemáticos, se solicita la exención de acudir al puesto mediante el correspondiente permiso retribuido de emergencia cuando se encuentren en situación de evacuación o confinamiento directo.

    Para CCOO la protección de la salud y la seguridad de las personas debe ser siempre la prioridad absoluta y estaremos vigilantes para que ningún trabajador/a se ponga en riesgo ni sufra ninguna merma de derechos por resultarle imposible asistir a su puesto de trabajo.