Comisiones Obreras de Madrid | 9 diciembre 2024.

CCOO firma el VII Convenio de la Dependencia

    Tras 42 meses de negociación, ayer, 18 de julio de 2018, se firmó en el SIMA el VII Convenio Marco Estatal de la Dependencia por la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO (FSS-CCOO) y por las organizaciones empresariales LARES, AESTE y FED, para el periodo 2015-2018 y llevando consigo aparejada la denuncia automática del mismo para comenzar ya las negociaciones del futuro convenio de 2019.

    19/07/2018.
    CCOO firma el VII Convenio de la Dependencia

    CCOO firma el VII Convenio de la Dependencia

    CCOO celebra la firma del VII Convenio de la Dependencia porque este acuerdo, entre otras cuestiones, supone un importante avance de las condiciones laborales y económicas para un sector altamente feminizado; además, elimina algunas de las partes más lesivas de la Reforma Laboral del PP.

    Las condiciones económicas del VII Convenio suponen que durante su periodo en vigor se mantiene el poder adquisitivo. Asimismo, a partir de ayer quedan sin efecto todos los acuerdos de inaplicaciones salariales producidos durante su vigencia y la totalidad de las empresas deberán aplicar las condiciones laborales y económicas acordadas.

    La clasificación profesional se actualiza de manera importante. Gerocultoras y Personal de Limpieza se ubican en grupos profesionales diferentes con lo que la polivalencia de funciones no es posible.

    Asimismo, se adecua el texto a las interpretaciones acordadas en la anterior Comisión Paritaria, así como a los acuerdos alcanzados en el SIMA y a las sentencias ganadas en la Audiencia Nacional y en el Tribunal Supremo:

    La libranza obligatoria completa de 1 día por cada festivo trabajado.

    Los días en situación de IT y lactancia se consideran como días efectivamente trabajados.

    El descanso semanal obligatorio no podrá ser solapado por el descanso compensatorio de un día festivo trabajado.

    En vacaciones se percibirá la parte proporcional de las retribuciones variables.

    En las inaplicaciones salariales se determina la documentación mínima que las empresas deben adjuntar con la correspondiente solicitud.

    Se actualiza a 5 semanas la suspensión del contrato por paternidad.

    En cuanto a los permisos retribuidos, se consolidan definitivamente los 4 días de libre disposición y se establece que 3 veces al año se disfrutará del tiempo indispensable para acompañamiento de menores a la consulta del especialista.

    Por otra parte, la Comisión Paritaria asume las competencias en materia de Igualdad, Formación y Salud Laboral.

    Para CCOO, este es un buen acuerdo por los avances producidos y por la defensa de derechos que desde las organizaciones empresariales pretendían eliminar y que el sindicato no ha consentido.

    La tarea no acaba con la firma del VII Convenio. Ahora, se inicia el verdadero trabajo de nuestra organización, llevar el convenio a los centros de trabajo para su aplicación íntegra. CCOO es consciente de que esto se va a producir de manera inmediata en aquellos centros donde esté presente CCOO para defender los intereses de las trabajadoras y trabajadores.