Comisiones Obreras de Madrid | 28 marzo 2024.

Comunicado sobre la sentencia del IRPF de maternidad

    En relación a la sentencia del Tribunal Supremo publicada el pasado 5 de octubre, que establece que las prestaciones por maternidad están exentas del IRPF, desde CCOO de Madrid queremos aclarar lo siguiente>>>

    11/10/2018.
    Comunicado urgente sobre la sentencia del IRPF de maternidad

    Comunicado urgente sobre la sentencia del IRPF de maternidad

    El Tribunal Supremo ha declarado que las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. El Alto Tribunal confirma así el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid “que estimó el recurso de una mujer y ordenó a Hacienda que le devolviera la cantidad ingresada en el IRPF de 2013 por la prestación por maternidad con cargo a la Seguridad Social percibida en dicho ejercicio”.

    Desde marzo de 2017, en CCOO de Madrid ya se están llevando a cabo este tipo de reclamaciones, por lo que las personas afiliadas que entonces se dirigieron a nuestros servicios de asesoría podrán recuperar las retenciones que se les hubiesen practicado desde el año 2012. Sin embargo, las reclamaciones realizadas a partir de ahora y al hilo de esta sentencia sólo podrán solicitar las devoluciones con respecto al 2014 y ejercicios posteriores

    A pesar de las diversas informaciones que se han difundido a raíz de la decisión del Tribunal Supremo, es importante tener claro que aún se desconoce el procedimiento que tiene previsto establecer la Agencia Tributaria, aunque todo parece indicar que pondrá en marcha un procedimiento exprés que pondrá en marcha los próximos días, para atender dichas reclamaciones. En función de las instrucciones dictadas por Hacienda se determinarán los trámites que habrá que seguir para exigir las correspondientes devoluciones. Por lo tanto, hasta que no dispongamos de toda la información oficial al respecto, no podremos detallaros los trámites a seguir.

    En cualquier caso, queremos transmitir tranquilidad a todas las personas afectadas, porque solo se pueden reclamar las retenciones realizadas por nacimientos del año 2014 y posteriores, y para ello el plazo disponible para efectuarlas alcanza hasta el mes de junio de 2019 para las correspondientes a 2014, y un año más para cada uno de los ejercicios siguientes.

    A la espera de que se establezca un nuevo procedimiento oficial desde la Agencia Tributaria, en CCOO de Madrid vamos a continuar con la misma tramitación que se ha realizado hasta el momento, para lo cual las personas afiliadas interesadas deberán dirigirse a su correspondiente Federación.

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