Comisiones Obreras de Madrid | 21 noviembre 2024.

Alegaciones de CCOO al Anteproyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética

    El 10 de octubre de 2017 se cerró el proceso de consulta pública previo a la elaboración del anteproyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética. CCOO planteó un documento de Alegaciones con aportaciones a este anteproyecto de Ley. Desde el sindicato, se destaca la importancia del punto 5, “cuestiones de carácter transversal”.

    10/10/2017.

    1. Cuestiones de carácter general.

    1.1 ¿Considera adecuado y viable que la Ley regule conjuntamente el cambio climático y la transición energética para cumplir los objetivos que ha asumido España a nivel internacional y europeo? Si.

    1.1.1 En su opinión, ¿Cuál debería ser el objeto de la Ley? Establecer los instrumentos regulatorios (generales y sectoriales), administrativos, financieros y fiscales para poner en marcha la transición del sector productivo y energético para cumplir con los objetivos a largo plazo de la descarbonización.

    1.2. ¿Considera que la Ley es un instrumento útil para dotar a España de un marco jurídico estable a largo plazo que permita impulsar un modelo de desarrollo bajo en carbono y resiliente al clima? Sí

    1.2.1. En su opinión, ¿cuáles deberían ser los principios rectores de la Ley para que ésta asegure un marco jurídico estable a largo plazo? Dar coherencia a todas las políticas de todas las administraciones públicas y de todos los ámbitos sectoriales que tienen incidencia en el cambio climático, que son casi todos.Dotar de seguridad jurídica y predictibilidad a los sectores empresariales concernidos por el cambio climático para que puedan orientar sus inversiones y actividades en una perspectiva a medio y largo plazo, hacia modelos de producción sostenibles.Incluir los principios de prevención y precaución, el de participación pública en las políticas y democratización de la energía, el de justicia fiscal y quien contamina paga y la consideración social y laboral de los efectos de la transición.

    1.3. ¿Considera que la Ley es un instrumento adecuado para dotar de coherencia a las actuaciones en España de lucha contra el cambio climático y para la transición energética? Sí

    1.3.1. Enumere los principios rectores que asegurarían la coherencia de las actuaciones en España de lucha contra el cambio climático. Se tiene que establecer una planificación ambiciosa para la lucha contra el cambio climático desde un alto nivel de la Administración del Estado (por ejemplo desde Vicepresidencia) que marque el camino de los planes y políticas sectoriales. Estas políticas sectoriales (transporte, urbanismo, vivienda, energía, industria, agricultura, desarrollo rural, turismo….) deben ser coherentes con la planificación de los esfuerzos climáticos que se han de acometer, teniendo su incidencia en los presupuestos y normativas aprobadas por las diferentes administraciones públicas.

    Deberá establecerse en el ámbito de la administración del Estado una estructura administrativa de planificación y coordinación de las políticas climáticas de suficiente nivel competencial, de manera que aquellas sean adoptadas con coherencia en todas las políticas sectoriales que inciden en el cambio climático. Las medidas para afrontar este desafío no pueden estar arrinconadas sólo en los órganos que tienen las competencias de medio ambiente. Hace falta la implicación y coordinación de todas las demás estructuras administrativas por parte de los altos niveles del Gobierno.

    Para asegurar la coherencia de las políticas hace falta también establecer evaluaciones y seguimiento periódico con adecuados indicadores.

    1.4. Enumere los principios rectores de un modelo energético para lograr una economía baja en carbono.

    - Apoyo para el despliegue de todas las tecnologías renovables actualizando el Plan de ER de 2011.

    - Eliminar las barreras al autoconsumo y la generación distribuida.

    - Planificar la reducción del uso de combustibles fósiles

    - Incrementar las medidas y presupuestos para el ahorro y la eficiencia energética en todos los sectores.

    - Impulsar la electrificación del transporte

    - gestión de la demanda del transporte y ley de movilidad sostenible

    1.5. Indique los principios rectores que, a su juicio, deben incluirse en la Ley de Cambio Climático y Transición Energética en lo referente a la transición energética.

    - establecer medidas de transición justa para los trabajadores.

    - prevalencia del apoyo a las energías renovables

    - democratización de la energía.

    - auditoría de costes de las tecnologías para determinar precios energéticos adecuados.

    2. En relación a los objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero

    2.1. ¿Considera que la Ley debe contener objetivos cuantitativos? Sí

    2.2. En su opinión, ¿los objetivos de reducción de emisiones deben ser generales, sectoriales, o ambos? Ambos

    2.3. ¿Deben cubrir los objetivos de reducción de emisiones sólo a los sectores difusos (no incluidos en el régimen europeo de comercio de derechos de emisión)? No

    2.4. ¿En qué horizonte temporal deben establecerse los objetivos de reducción de gases de efecto invernadero? Esta pregunta admite varias respuestas

    2030 y 2050, con metas intermedias cada 5 años.

    3. En relación a adaptación

    Existe un consenso generalizado sobre que la futura Ley debe dar respuesta al reto de gestionar los riesgos y reducir la vulnerabilidad frente a los cambios actuales y futuros del clima en España, facilitando la adaptación de nuestro país al cambio climático.

    3.1. ¿Cuáles son los elementos esenciales en materia de adaptación que deberían ser introducidos en la futura Ley de Cambio Climático y Transición Energética? Enumere los elementos.

    En la propuesta que formuló Alianza por el Clima a la OECC hay una relación detallada de propuestas en materia de adaptación para incluir en la ley de cambio climático. Nos remitimos a ella.

    3.2. ¿Cómo podría la Ley facilitar información, herramientas y capacitación, para incorporar la adaptación a la toma de decisiones?

    Cualquier planificación económica y sectorial debería incorporar informes sobre previsibles incidencias del cambio climático en dichos ámbitos.

    En relación con los efectos sobre la salud el Plan Nacional de Adaptación debería seguir desarrollando el sistema de predicción de temperaturas y la coordinación más intensa entre administraciones y servicios sociales y sanitarios, así como incluir formación especial de profesionales y trabajadores de ciertos sectores.

    3.3. ¿Qué mecanismos podría contemplar la Ley para asegurar un adecuado seguimiento de los impactos derivados del cambio climático y los efectos de las medidas de adaptación?

    En el ámbito de la salud se debe establecer un sistema de indicadores de salud, de los sistemas de información y de las redes de vigilancia epidemiológica. Además se debería reactivar el suprimido Observatorio de Salud y Cambio Climático

    4. Cuestiones relacionadas con el impacto económico, social y medioambiental.

    4.1. ¿De qué forma considera que hay que compatibilizar los objetivos medioambientales con los objetivos de competitividad, crecimiento económico y empleo?

    La ley de cambio climático debería tener en consideración el planteamiento de la transición justa para los trabajadores que se recoge en el Acuerdo de Paris de 2015 y regular un plan estratégico de transición Justa (TJ) que analice los riesgos laborales de la transición y establezca instrumento para paliarlos siguiendo las directrices de la OIT. Los instrumentos deben incluir un fondo específico para la TJ y la previsión de planes de reactivación territoriales para las zonas potencialmente afectadas. CCOO y UGT han remitido a la OECC una propuesta específica para desarrollar estos aspectos en la futura ley.

    Las estrategias hacia una economía baja en emisiones de gases de efecto invernadero pueden representar la punta de lanza para el cambio de modelo productivo, la creación de empleo local y de calidad y la innovación tecnológica.

    4.2. ¿Considera necesario que la ley consigne la realización de un análisis coste-beneficio en términos económicos, sociales y medioambientales de las distintas alternativas regulatorias para atender a los objetivos marcados en materia de energía y clima?

    Sí, pero los términos económicos son los de la economía en su conjunto y no sólo la de ciertos sectores.

    4.3. ¿Considera útil que se analicen en particular los efectos económicos y sociales relacionados con el impacto en los precios de la energía que supondría cada una de las alternativas para el cumplimiento de los objetivos fijados en la ley?

    Sí, pero con una visión de conjunto y a largo plazo, analizando también las oportunidades de cambio de modelo productivo hacia una economía más eficiente y menos dependiente del exterior.

    5. Cuestiones de carácter transversal:

    5.1. En relación a la revisión del cumplimiento

    5.1.1. ¿Debería contener la Ley mecanismos de revisión? ¿Con qué periodicidad?

    Sí, al menos cada cuatro años y en función también de las reglas del Acuerdo de Paris.

    5.2. En relación a las herramientas

    5.2.1. ¿Qué herramientas debe tener la Ley para cumplir con los objetivos que se fijen?

    Es fundamental dotar de financiación a la transición y para ello hay que establecer una reforma en profundidad de la fiscalidad, con modificación de los actuales impuestos o con creación de otros nuevos. Nos los está reclamando la CE y fue un clamor en las jornadas sobre la ley de cambio climático que organizó el MAPAMA en mayo.

    Como planteaba el documento de propuestas de Alianza por el Clima hay que introducir el instrumento de los presupuestos de carbono que fijen sendas de descarbonización.

    5.2.2. En su opinión, ¿Es necesario incluir herramientas de carácter sectorial en la Ley?

    Si, como planteaba el mencionado documento de Alianza por el Clima, la ley deberá establecer las medidas básicas para la reducción de emisiones en cada sector o ámbito, que se desarrollarán modificando la legislación sectorial en un determinado plazo. Es decir que la ley de cambio climático debe señalar los ejes fundamentales para cambios legislativos sectoriales (transporte, edificación, agricultura, industria, energía, residuos…)

    5.2.3. ¿Qué papel ejemplarizante debe desempeñar la Administración?

    Es muy importante por su participación directa en la actividad económica y por su posible papel ejemplarizante, a través de la adopción de planes propios para la administración pública, como lo son los planes y programas de energías renovables, ahorro y de eficiencia energética y de movilidad sostenible para sus centros de trabajo.

    A título de ejemplo mencionamos algunas medidas mas concretas: establecer mapas de movilidad por zonas de trabajadoras y trabajadores a los centros de trabajo, condicionar decisiones como descentralización de centros públicos, planes de movilidad específicos, etc. lo que redunda en su carácter ejemplarizante e inductivo, mejorando la calidad de vida de sus trabajadores (reduciendo el tiempo total dedicado a las tareas laborales), disminuyendo los accidentes in-itinere y los tiempos de desplazamiento, mejorando el medio ambiente por eficiencia del transporte, así mismo, planes específicos de captación de agua por recogida de lluvias y de reciclado para usos de servicios adicionales como riegos, limpiezas, etc., disminuyen su consumo y mejoran su aprovechamiento evitado vertidos indeseados y no sostenibles, el control de los horarios para aprovechar las horas de luz, o el control de temperaturas en edificios públicos, son medidas imprescindibles de ahorro y sostenibilidad ambiental, así como tender al autoabastecimiento de sus edificios por energías renovables y mejora de aislamientos para reducir los consumos. No es menos importante que en la limpieza de los centros de trabajo y aledaños se empleen productos biosaludables, con certificaciones y controles de estos productos higiénicos. De la misma manera todo material empleado en construcción o mantenimiento, electrodomésticos, calderas, aparatos eléctricos o electrónicos, etc. deberán tener certificaciones de composición no agresiva con la salud o el medio ambiente y las características máximas recomendadas de ahorro energético, con certificaciones al efecto.

    5.3. En relación a la arquitectura institucional y participación pública

    5.3.1. ¿Qué órganos y disposiciones en materia de coordinación y participación pública debería contemplar la Ley para alcanzar sus objetivos de una manera eficiente?

    La ley debe incluir mecanismos para el diálogo y la participación de todos los sectores sociales y económicos, tanto en la elaboración como en la ejecución y desarrollo de todas las políticas climáticas. La participación debe articularse de manera que se alcancen los mayores consensos posibles, sin los cuales será difícil la aceptación social de las medidas a implementar. Ya hay diversos órganos de participación a escala estatal, lo que hace falta es que funcionen bien. Por ejemplo la ley debería dar soporte legislativo a las Mesas de Diálogo Social del comercio de derechos de emisión y establecer otras mesas de diálogo y seguimiento para los sectores difusos y otros no sometidos al ETS.

    6. Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias

    En caso de no poder contar con un instrumento como una Ley que permita afrontar el reto que supone llevar a cabo una transformación ordenada de nuestra economía hacia un modelo bajo en carbono y resiliente al clima,

    ¿Qué otro tipo de soluciones, regulatorias o no regulatorias, cree que serían necesarias para asegurar el cumplimiento de los compromisos internacionales y europeos en materia de cambio climático y transición energética?

    Es fundamental contar con una ley que establezca los instrumentos regulatorios y económicos para la transición productiva y energética. Mientras tanto hay múltiples instrumentos en manos del Gobierno para ir impulsando los cambios más urgentes.