Comisiones Obreras de Madrid | 21 noviembre 2024.

Firmado el convenio de la Construcción de la Comunidad de Madrid

    A partir del 2020, todas y todos los trabajadores del sector tendrán jornada continua y reducida en verano desde el 15 de julio al 15 de agosto, salvo los que tuvieran pactada una superior, que la mantendrán. Se establece una subida salarial del 2,25 % y del 5% para la media dieta y dieta.

    11/07/2019.
    Trabajadores de construcción en Madrid

    Trabajadores de construcción en Madrid

    Se acaba de firmar el convenio colectivo del sector de construcción de la Comunidad de Madrid para el año 2019, que supone un incremento sustancial de los derechos de las trabajadoras y trabajadores. Después de más de un año de negociación, se ha conseguido firmar el convenio de este año, y el compromiso para negociar 2020 y 2021 en el mes de octubre.

    Dicho acuerdo mejora sustancialmente algunos aspectos del mismo. Entre las mejoras más significativas están las siguientes:

    Adaptación del texto a los cambios normativos, jurisprudenciales y al convenio General del sector de la construcción.

    Firma de tablas 2019, con una subida salarial del 2,25 %, con carácter retroactivo desde el 1 de enero. La firma de las referidas tablas supone un incremento en el poder adquisitivo de las trabajadoras y trabajadores de uno de los sectores más castigados por la crisis.

    Compromiso con la patronal de reunirse en octubre para firmar las tablas de 2020 y 2021, calendario y convenio colectivo de dichos años. En este sentido, en el convenio general del sector se acordó una subida del 2,25% para los años 2019 y 2020, y del 2,50% para 2021.

    Incremento sustancial tanto de la media dieta, situándose en 11,5 euros/día y la dieta completa, que será de 48 euros/día. Dicha subida representa un incremento en torno al 5%.

    Incorporación al convenio colectivo de los permisos y licencias especificados en el artículo 73 del convenio estatal, lo que hace que sea más útil y comprensible el texto del convenio.

    Modificación del artículo 49 del convenio colectivo (horario de trabajo). A partir de 2020 se establece una jornada continua de 7 horas diarias, desde el 15 de julio hasta el 15 de agosto, pudiendo comenzar la jornada a partir de las 7 de la mañana, para el resto de trabajadoras y trabajadores que no tenían reconocida dicha jornada continua en verano.

    Significar la importancia de haber conseguido la reducción y la continuidad de la jornada de verano durante 1 mes, para todas y todos los trabajadores del sector (salvo para quienes ya la tenían reconocida, que seguirán disfrutando la pactado y/o especificada en anteriores convenios) debido a las dificultades que ha mostrado la patronal y las empresas constructoras, que nunca ha querido sentarse a negociar dicha jornada, así como por la propia naturaleza e idiosincrasia del sector.

    Asimismo, con este derecho se consigue que los trabajos en verano sean menos penosos y se limita el riesgo para la integridad física que conlleva, al evitar realizar trabajos en las horas donde se registra mayor temperatura, lo que supone una medida preventiva muy importante para combatir y evitar tanto el estrés térmico como los golpes de calor.

    Todo ello conlleva una mejora sustancial tanto en la salud como en los derechos laborales de las y los trabajadores y que el sector sea más atractivo para conseguir que muchas y muchos profesionales vuelvan a prestar servicios en la construcción y conseguir que la gente joven vuelva a ver a la construcción como una oportunidad profesional.

    Se ha dado un paso muy importante pero que no acaba aquí, puesto que el objeto es conseguir más meses con jornada reducida y continua en verano para poder minimizar los efectos que el cambio climático va a ocasionar en las trabajadoras y trabajadores.

    CCOO de Construcción y Servicios se congratula por el acuerdo alcanzado en la línea de su política en negociación colectiva de recuperación y mejora de la prevención de la salud y seguridad de uno de los sectores más castigados por la precariedad y siniestralidad laboral, así como una oportunidad para conciliar la vida personal, laboral y familiar. En definitiva un avance y mejora significativa de las condiciones laborales y los derechos de las trabajadoras y trabajadores de la construcción.