Comisiones Obreras de Madrid | 27 abril 2024.

Desconvocada la huelga en el sector de hostelería

CCOO logra su objetivo de mejorar las condiciones de trabajo del personal de hostelería de la comunidad de Madrid

    Gracias al acuerdo alcanzado en la reunión celebrada hoy, 22 de diciembre, en el IRMA (Instituto Regional de Mediación y Arbitraje) al que agradecemos su mediación, y suscrito por todas las patronales y sindicatos concernidos por el Convenio Colectivo, CCOO desconvoca la huelga en el sector de Hostelería de la Comunidad de Madrid.

    22/12/2023.
    hosteleria

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    Ante el bloqueo de las negociaciones del convenio y la necesidad urgente de darle una salida, CCOO tomó la difícil, pero inevitable decisión, de proceder a convocar una huelga en el sector de la Hostelería de la Comunidad de Madrid, a la que se sumó UGT.

    La presión que ha supuesto la convocatoria de huelga en fechas tan marcadas, en un sector seña de identidad en nuestra Región, ha servido para que las patronales Hostelería Madrid, AMER y Noche Madrid comprendieran la gravedad de la situación, sentándose a negociar y así posibilitar la consecución de un acuerdo que mejora las condiciones de trabajo, algo irrenunciable para CCOO. 

    Puntos del acuerdo más relevantes:

    •   Incremento salarial del 15% en 3 años: 

    2023: 6% en tablas desde el 1 de enero. Atrasos desde el 1 de julio de 2023.

    2024: 5% 

    2025: 4%.

    •  Fijación de horarios:

    Conocimiento del personal de horarios y libranzas con una ANTELACIÓN MÍNIMA DE 7 DÍAS. Punto novedoso propuesto por CCOO que facilitará la conciliación de la vida laboral y personal.

    • Contrato Fijo discontinuo (el punto más polémico de la negociación):

    ·         Preaviso con 7 días de antelación o 3 para servicios extraordinarios.

    ·         Criterios y forma de llamamiento definidos.

    ·         Para FFDD a tiempo parcial:

    *JORNADA MÍNIMA diaria 4 horas.

    *Servicios Extras y campaña de navidad: GARANTÍA MÍNIMA DE JORNADA ANUAL del 60% sobre año anterior. Posibilidad de rechazo de 3 llamamientos sin pérdida de contrato.

    *Resto de servicios: GARANTÍA MÍNIMA DE JORNADA ANUAL del 60% sobre año anterior, que no podrá ser inferior a 60 jornadas al año.

    • Jornada:

    En centros de trabajo de 50 personas o más la jornada semanal no podrá ser superior a 44 horas.

    •  Horas Extra:

    Compensación en metálico con un recargo del 100% sobre la hora ordinaria, salvo pacto de compensación en tiempo libre a razón de 1,5 horas por cada hora extraordinaria.

    • Ascensos:

    Reducción de 10 años a 4 para la promoción salarial de los ayudantes y auxiliares.

    •  Incapacidad permanente y Fallecimiento:

    Reducción de 10 años a 4 de antigüedad en la empresa para seguro de 18.000 euros por estas contingencias, antes establecido en 14.000 euros.

    •  Plus compensatorio de formación:

    Formación obligatoria que, en caso de no ser impartida, penalizará a las empresas que no realicen Planes de Formación mediante pago de 20 euros mensuales a las personas afectadas.

    Estamos dando pasos necesarios en la dirección correcta hacia una mejor y mayor profesionalización de las personas trabajadoras del sector. No obstante, desde CCOO vigilaremos el cumplimiento efectivo de estas medidas.