Comisiones Obreras de Madrid | 29 abril 2024.

CCOO presenta requerimiento ante el Gobierno regional para que negocie y ajuste a derecho la retribución del “talento”, antes de ir a los tribunales

    04/04/2024.
    Requerimiento ante el Gobierno de la Comunidad de Madrid para el pago del talento

    Requerimiento ante el Gobierno de la Comunidad de Madrid para el pago del talento

    Desde primeros de año, en una decisión unilateral, la Consejería Economía, Hacienda y Empleo abona un complemento que reconoce el talento solo a jefaturas, asesores y personal de Dirección 

    El sindicato incide en el reconocimiento y aplicación para todas las categorías profesionales

    El Área Pública de CCOO de Madrid ha formulado un requerimiento, previo a la interposición de un recurso contencioso-administrativo para la protección de derechos fundamentales. La organización entiende que la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo debe sentarse a negociar, con el fin de ajustar a derecho su decisión unilateral de pagar un complemento para el reconocimiento del “talento” solo para ciertos empleados y empleadas públicas, tales como asesores, técnicos de apoyo, jefaturas y subdirectores generales.

    CCOO considera un avance este complemento y un reconocimiento a los y las profesionales de los servicios públicos de la Comunidad de Madrid, pero sin discriminar a ningún trabajador o trabajadora, categoría o grupo profesional. 

    CCOO entiende que existe una vulneración de la libertad sindical en su vertiente del derecho a la negociación colectiva, así como incumplimiento del artículo 37.2 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), y que se produce por una decisión unilateral de la consejera de Economía, Hacienda y Empleo, Rocío Albert, que otorgó un incremento salarial a determinado personal funcionario -curiosamente los de más alto nivel- sin haber procedido previamente a, tan siquiera, reunirse con las organizaciones sindicales.

    Según el relato que se plasma en el requerimiento, los hechos constatan que no ha habido negociación alguna ni intención de ello, ya que se produjo una reunión en el mes de febrero, cuando los sindicatos ya tenían constancia de que el pago selecto se había efectuado en la nómina de enero. 

    Actuación nula

    A juicio del sindicato, la actuación administrativa ha de ser considerada nula de pleno derecho, dado que supone una vulneración clara y flagrante de los principios de actuación mediante procedimiento establecido y de legalidad de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC).

    Por ello, solicita retrotraer las actuaciones al momento en el que la Administración toma la decisión unilateral de incrementar el complemento específico en un 25% únicamente a un grupo de trabajadores y trabajadoras, discriminando al resto sin causa que lo justifique. 

    En caso de no ser atendido el presente requerimiento en el plazo de diez días, CCOO procederá de modo inmediato a presentar recurso en los tribunales de lo Contencioso-Administrativo.