Comisiones Obreras de Madrid | 2 enero 2026.

Acuerdo en Química Sintética de Alcalá de Henares

    El pasado viernes 11 de Julio el Comité de Empresa compuesto por las secciones sindicales de UGT y CCOO acompañados por sus respectivas federaciones de Industria de CCOO y de Fitag UGT así como de los secretarios generales de UGT y CCOO en el Corredor del Henares, celebraron una reunión con los distintos portavoces de los grupos municipales del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, con el objeto de dar traslado del acuerdo suscrito y ratificado por la plantilla de Química Sintética, enmarcado dentro del pacto local de Alcalá de Henares suscrito entre agentes sociales y la empresa Química Sintética.

    16/07/2014.

    Un acuerdo promovido desde el Pacto Local que comprometía con la Dirección de la empresa el mantenimiento de la actividad de Química Sintética como mínimo hasta el 2024, garantizando las mismas condiciones laborales existentes, acuerdo que posteriormente fue suscrito en una declaración de la Corporación Local conjuntamente con la empresa Química Sintética.

    Una reunión cuyo objeto fue dar traslado de los contenidos y despejar cualquier duda sobre lo que se había negociado en el acuerdo suscrito.

    En aras a dar transparencia con luz y taquígrafos al propio acuerdo, queremos manifestar:

    1. Que la Empresa Química Sintética en el año 2011 estaba abocada a un cierre.

    2. Que el acuerdo suscrito por el Pacto Local con la empresa, el acuerdo del Ayuntamiento con la misma empresa y la declaración de intenciones de todos los partidos excepto UPyD que se abstuvo, llevaron a no solo prolongar su vida hasta 2014 sino a dar continuidad a la empresa hasta el año 2024.

    3. Que en las negociaciones que se dan en el seno de Química Sintética en ningún momento se pone en cuestión el cierre de la misma, ni en dos años como decía UPyD en su nota de prensa, poniendo bajo sospecha la negociación que nada tenía que ver con esto. Sencillamente ese no era el objeto de la negociación.

    4. Que la plantilla se encontraba en un ERE negociado con anterioridad, y cuya vigencia era hasta el 31 de Diciembre de 2014, y este recogía condiciones de salida por encima de lo que marcaba la ley y que estas dejarían de tener efecto por no ejecutarse el mismo ya que se continuaba con la actividad de la empresa, compromiso del acuerdo.

    5. Que los Representantes de los Trabajadores han pretendido en todo momento mantener condiciones parecidas en caso de amortizaciones de puestos de trabajo con carácter individual, con el objeto de no dejar desprotegidos a aquellos trabajadores que pudieran verse afectados durante la actividad del Centro.

    6. Que el acuerdo suscrito con la empresa garantizaba una plantilla de 150 trabajadores para el 2014 y a fecha de hoy la plantilla es de 210 personas.

    7. Señores de UPyD negociar condiciones de salida no implica el cierre de la empresa, sino garantizar unas condiciones de algunos trabajadores que a futuro pudiesen tener problemas, ¿Quién o qué empresa garantiza que en su proceso productivo no pueda haber problemas que necesiten de medidas de regulación de empleo? y éstas no tienen por qué significar el cierre de la empresa ni incumplir el acuerdo de mantenimiento de plantilla de esas 150 personas comprometidas con la Dirección de la Empresa.

    8. Que uno de los elementos para garantizar tal continuidad pasa necesariamente por las inversiones en la planta que permitan no solo la producción sino el cumplimiento de todos los requisitos que se exigen dentro de la actividad químico-farmacéutica así como compromisos medioambientales y otras obligaciones legales. Asunto que ha formado parte de la discusión durante la negociación como la mayor garantía y fiabilidad en el mantenimiento de la actividad. En este sentido en el último año hemos asistido a inversiones que han ampliado la capacidad productiva y fruto de ello el incremento de la plantilla que hemos tenido.

    9. Que en relación a los contenidos del propio acuerdo, recoge de manera expresa un plan de prejubilación voluntaria de los trabajadores que entre los 60 o 62 años permitan voluntariamente acceder a estas pólizas hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación. Cuya vigencia sería mientras se mantenga la actividad en la empresa, como mínimo 10 años.

    El acuerdo no solo suscrito por el Comité de Empresa sino ratificado por los trabajadores contemplan indemnizaciones de 45 días por año con el tope de 42 mensualidades, siempre y cuando se produjeran amortizaciones de puesto de trabajo dentro de los 3 primeros años una vez finalizada la vigencia del expediente, 31de diciembre de 2014. En el caso de amortizaciones en personas de 56 años la indemnización sería una póliza de prejubilación que mantenga el 85% del salario neto del trabajador así como incrementos en las cotizaciones a la seguridad social.

    Que una vez pactadas las condiciones que regirán hasta el 2024 y con el compromiso suscrito por la empresa inicialmente ante el Pacto Local y posteriormente ante el Ayuntamiento, planteamos en la reunión ante los grupos municipales el apoyar el proceso hasta la fecha y les instamos a continuar con los compromisos adquiridos.

    Queremos agradecer el apoyo de algunos grupos municipales y su ofrecimiento para llevar a cabo los esfuerzos necesarios para el mantenimiento de la actividad de Química para los próximos 10 años.

    Todo el acuerdo está atravesado por el espíritu del Pacto Local por el Empleo cuyo principal valor es el mantenimiento del empleo y si es posible el crecimiento del mismo sin olvidarse del establecimiento de mejoras por encima de la ley en posibles amortizaciones individuales.

    Química Sintética no es, ni será la primera empresa que tiene un Plan de Jubilaciones y de amortización de puestos de trabajo, sin que ello suponga el cierre de la misma y solo los trabajadores de Química Sintética saben de los esfuerzos que se han hecho a lo largo de su historia para seguir manteniendo su actividad y como consecuencia el empleo en nuestra ciudad.