Comisiones Obreras de Madrid | 16 julio 2024.

Junio se cierra con cuatro accidentes laborales mortales

    Analizando los datos oficiales del primer semestre del año 2024, las cifras en accidentes laborales mortales suben un 25,81%, pasando de 31 accidentes mortales en el año 2023 a los 39 de este año.

    15/07/2024.
    Accidente laboral

    Accidente laboral

    En el mes de junio se produjeron 4 accidentes laborales mortales en la Comunidad de Madrid. Uno de ellos porque el trabajador quedó atrapado y aplastado por una minicargadora. Se produjeron dos patologías no traumáticas, una de ellas en Toledo y la otra ocasionada en un accidente aéreo.

    Los sectores que vuelven a salir a la palestra son Construcción y Servicios, y son ejemplo de ostentar condiciones de trabajo extremadamente precarias.

    Uno de los accidentes tiene como peculiaridad que aunque la sede social de la empresa donde se produjo el accidente se encuentra en la Comunidad de Madrid, la descentralización de la empresa provoca que los trabajadores y las trabajadoras se tengan que desplazar a otras comunidades como en el caso de este accidente ocurrido en Castilla la Mancha. Esto supone que a las mínimas condiciones laborales intrínsecas del puesto, hay que sumar el desplazamiento a la nueva ubicación del puesto de trabajo.

    Con los datos del mes de junio, la causa mayoritaria de mortalidad vuelve a ser la “patología no traumática”, es por esto que se deben evaluar las condiciones reales a los que están siendo sometidos los y las trabajadoras. A su vez, hay una falta de procedimiento de trabajo que sea seguro en lo que se refiere al trabajador de la construcción fallecido por aplastamiento de una máquina minicargadora.

    Es obligatorio integrar los procedimientos de trabajo en las empresas para garantizar la protección de los trabajadores. Además, un derecho más que reconocido es la protección de la seguridad y la salud de los mismos.

    El cuarto trabajador fallecido corresponde a un accidente aéreo. Esto nos hace pensar que, para concluir con las causas que han hecho posible que se produzca tal accidente, debe investigarse a fondo, tal y como recoge el artículo 16.3 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

    Analizando los datos oficiales del primer semestre del año 2024, las cifras en accidentes laborales mortales suben un 25,81%, pasando de 31 accidentes mortales en el año 2023 a los 39 de este año. Como causa mayoritaria de fallecimiento sigue siendo la patología no traumática. A esta causa, le sigue aquella que se encuadra en resto de formas, que incluye desde el atrapamiento hasta el choque con objeto en movimiento exceptuando tráfico entre otras causas. Un procedimiento de trabajo seguro hubiera evitado el accidente en su totalidad. Este último dato corresponde a 12 accidentes y sufre un incremento del 71,43% con respecto al año 2023, pasando de 7 trabajadores fallecidos en el año 2023 a 12 trabajadores en el año 2024. Solo descienden los accidentes de tráfico que bajan un 25%, pero también suben los accidentes in itinere con un 33,33% pasando de 6 accidentes mortales en el año 2023 a 8 accidentes mortales en el año 2024.

    En lo que llevamos de año 2024 ha habido 44.539 accidentes laborales, de los cuales 252 se consideran accidentes graves y afectan a 53 mujeres y a 199 hombres. En el caso de accidentes mortales son ya 39 los trabajadores fallecidos, de los cuales 34 son hombres y 5 son mujeres. Esto ha supuesto que 7 trabajadores más han fallecido en el año 2024, con respecto al año 2023.

    Es hora de poner políticas activas de lucha contra la siniestralidad laboral y exigir a la Administración herramientas reales de protección de la seguridad y salud de los y las trabajadoras madrileñas. Pedimos a la Comunidad de Madrid que se invierta en recursos de control en las empresas para garantizar las adecuadas condiciones de seguridad y salud en los centros de trabajo y se persiga con efectividad a las empresas que incumplan la ley de prevención de Riesgos Laborales.

    CCOO de Madrid concluye con el precepto que "la organización de las empresas debe ajustarse previamente con la Prevención de Riesgos Laborales".